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Primeras sentencias que anulan el IRPH y lo sustituyen por el Euríbor.

Ya ha pasado un mes desde que se dictó la sentencia a fecha 3 de marzo de 2020 que establecía que nuestros tribunales, a partir de ahora, podrán sustituir el IRPH de las hipotecas por otro índice legal, cuando consideren que su comercialización no fue transparente.

Desde ese mismo momento se deja en manos de los magistrados españoles el poder de la nulidad del IRPH. Actualmente, varios juzgados ya han ordenado sustituir este índice de préstamos hipotecarios por la frecuente fórmula del euribor más un diferencial, siendo esta la alternativa más beneficiosa para el consumidor.

El juzgado de primera instancia número 4 de Burgos ha dado recientemente la razón a una cliente que en 2005 suscribió una hipoteca de 149.000€ con CaixaBank. Ya que según la demandante en ningún momento se le dio la opción de escoger entre el IRPH o el euríbor. Esta decisión fue tomada de manera unilateral por el banco sin que a ésta se le informara de qué es el IRPH, de cómo se configura y su evolución histórica siempre por encima del euríbor.

Con esta versión de la situación, CaixaBank se defendió, alegando que sus cláusulas de escritura estaban redactadas de forma clara y en el mismo formato como el resto del texto: «claro, concreto y perfectamente comprensible».

La magistrada que ha estudiado el caso, evidenciaba una ausencia de información detallada y «pormenorizada que no permite que un consumidor pueda llegar a comprender el cálculo del índice de referencia»

La entidad por lo tanto no facilitó la información suficiente para que la demandante pudiera comprender el alcance económico y jurídico de la asignación del IRPH en su hipoteca. La sentencia apunta que además de imponer la sustitución del IRPH por el euríbor más un diferencial del 0,50, obliga a CaixaBank a devolver cerca de 500 euros a su cliente por atribuirle «la práctica totalidad de gastos presentes y futuros».

Otra situación similar se ha visto en el juzgado de Primera Instancia número 6 de Lleida. También se ha declarado nulo el IRPH de otra hipoteca suscrita con CaixaBank, cambiando este índice por el euríbor. La magistrada lo ha considerado nulo al no haber pruebas de que se explicara a la clienta el método de cálculo y las consecuencias jurídicas de escoger este índice. El hecho de ser la falta de transparencia un factor determinante en la nulidad del IRPH, se suma otra sentencia más a favor del consumidor.

Otra sentencia, ésta vez, en relación con una hipoteca firmada con el Banco Santander, obligan a devolver además todos las cantidades que hayan pagado en exceso en concepto de intereses desde 2011.

Todas estas sentencias favorables al cliente es solo el principio de las que están por llegar. Si tu también tienes tu hipoteca referenciada al IRPH, desde Despacho Calero Abogados, especialistas en Derecho Bancario y Derecho Inmobiliario, queremos ayudarte en tu reclamación para que te devuelvan lo que te pertenece.

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