fbpx

Nueva sentencia -Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH)

Tras meses de polémica en torno a la legalidad del IRPH el Tribunal de Justicia de la UE, en fecha 3 de marzo de 2020 ha emitido Sentencia en cuanto a su validez, estableciendo, que nuestros tribunales, a partir de ahora, podrán sustituir el IRPH de las hipotecas por otro índice legal, cuando consideren que su comercialización no fue transparente .

El Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios, más conocido como IRPH, se trata, al igual que el Euribor, de un indicador que se utilizó en hipotecas a tipo variable, es decir, en los préstamos hipotecarios unos optaron por utilizar el Euribor y otros apostaron por usar el IRPH.

El IRPH alcanzo su popularidad frente al Euribor en el año 2008 a causa de que este segundo se encontraba en máximos.

Por lo que, a partir de ahora, será sobre los tribunales españoles sobre quienes caerá el peso de apreciar la falta de transparencia de las hipotecas con IRPH, debiendo asegurar como expresa explícitamente la citada Sentencia el “carácter claro y comprensible” de los contratos que utilicen el IRPH.

Con este dictamen, nuestros tribunales, en caso de que consideren estas cláusulas como abusivas, podrán anular las hipotecas vinculadas al IRPH y sustituirlas por un índice legal que pueda aplicarse de manera supletoria. 

¿Cuántos son los afectados?

El numero de afectados por el IRPH asciende a 1,5 millones de personas, los cuales podrán gracias a esta Sentencia recuperar una media de 18.000 euros, no obstante, esta decisión en la práctica no supondrá una compensación masiva a los clientes con un crédito referenciado a este índice, si no solo a aquellos casos en los que se determine, que, efectivamente este índice se contrato de manera abusiva. 

En definitiva, el papel de los jueces españoles, es ahora, más relevante que nunca, puesto que la justicia europea les insta a que revisen caso por caso de manera minuciosa para comprobar que el IRPH se comercializó con la transparencia debida. 

Así pues, cuando, los órganos jurisdiccionales  dictaminen que si existe nulidad en esta cláusula, podrán, por un lado, sustituir este IRPH por otro índice, como podría ser el Euribor, dependiendo, en este caso, de lo que se acuerde entre las entidades bancarias y los propios afectados; y deberán, por otro, declarar la nulidad del préstamo, recuperando en este caso los afectados todo lo indebidamente pagado, cuando se demuestre que las entidades financieras llevaron a cabo estos contratos sin explicar a sus clientes en qué consistía este índice de referencia y cuál era su método de cálculo. 

¿Desde cuándo puedo reclamarla?

De tal manera, desde el 3 de marzo de 2020, si tienes una hipoteca referencia al IRPH, puedes reclamar para que te devuelvan la cuantía abonada de mas por la existencia de este índice. 

Los pasos a seguir serán ponerte en contacto con tu entidad financiera mediante un escrito solicitando que eliminen el IRPH de tu contrato hipotecario alegando su abusividad, en caso de que la entidad bancaria desatienda nuestra petición, se deberá acudir a los Tribunales.

Desde el Despacho Calero os animamos a recuperar vuestro dinero, nos encargamos tanto de la reclamación previa a vuestra entidad financiera, como de, en caso de que esta reclamación se tercie infructuosa, litigar ante los tribunales. 

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para asegurar la mejor experiencia al usuario. Si no cambias esta configuración, entendemos que aceptas el uso de las mismas. Puedes cambiar la configuración de tu navegador u obtener más información aquí.