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Sentencia favorable para el cliente sobre los gastos hipotecarios

El Juzgado número 11 de Córdoba ha dictado sentencia y obliga a devolver al cliente 11.000€ más gastos.

La entidad financiera UCI (Unión de Créditos Inmobiliarios) ha sido condenada a través de la Sentencia dictada en el Juzgado No 11 de Primera Instancia de Córdoba, especializado en cláusulas abusivas conforme a la doctrina comunitaria a la restitución de los importes derivados de la nulidad de las cláusulas insertas en el préstamo hipotecario de un consumidor, relativas a los gastos de formalización de hipoteca y de comisión de apertura.

Sentencia a favor del cliente

Por lo que, salvo el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), solo se podría cargar “la totalidad o una parte” de los gastos hipotecarios al cliente si así lo estipulan “disposiciones de Derecho nacional aplicables en defecto de esa cláusula”, concediendo por tanto el 100% de los gastos de Notaría, Gestoría y Registro.

Comisión de apertura

Respecto a la comisión de apertura, la sentencia la ha declarado “abusiva por falta de transparencia”.

Felipe Chumilla Jiménez, letrado que ha dirigido el procedimiento ha dicho que esta sentencia es novedosa por cuanto “viene a resolver conforme al nuevo dictamen del TJUE y aplica el nuevo criterio comunitario de devolución respecto a los gastos hipotecarios y además, se procede a la restitución de la comisión de apertura, haciendo muy interesante la reclamación para el consumidor, por las nuevas cuantías que se pueden reclamar”.

La Sentencia aunque es susceptible de recurso de Apelación, en el caso de que adquiriera firmeza, se procederá al demandante a la devolución de importantes partidas en el presente caso, haciendo un total de 11.203,07 Euros más los intereses legales desde que se abonaron dichas cantidades.

La comisión de apertura es una comisión que cobran las entidades bancarias por el simple hecho de concertar el préstamo”. Para reclamarla, tienen cabida casi todas las escrituras de préstamo anteriores a 2017 o 2018, ya que casi todas contienen este tipo de cláusulas abusivas y son perfectamente reclamables por el consumidor.

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