fbpx

Aumento de los divorcios tras la pandemia, ¿mito o realidad?

Tras la Pandemia la vida familiar y en pareja sufrió un leve revés, las familias pasaron de tener un estilo de vida rutinario a encontrase todos confinados bajo un mismo techo, aunado a ello se suma la crisis económica causada por la emergencia sanitaria de la covid-19, toda esta mezcla de factores y elementos detonaron en muchos casos quiebres familiares de los cuales incluso la mayoría terminaron en separación y divorcio.

Ahora bien, hablando de números nos surge la duda sobre si realmente aumentaron los divorcios tras la pandemia o por el contrario la crisis económica exacerbada por la pandemia impidió que muchas parejas que presentan inconvenientes en la vida en común se fueran directo a los juzgados.

Pues muy contrario a lo que se pensaba, para el año 2020, se disminuyó la asistencia a juzgado para divorcios, si bien un gran número de personas asistió a consulta en los bufetes a los fines de resolver su situación, no todas estas parejas terminaron disolviendo el vínculo matrimonial.

Por otro lado, establece el informe del poder judicial que los divorcios de mutuo acuerdo o consensuado entre las partes sufrió un leve repunte en el 2021 en relación con las estadísticas, situándolo en un 9,7% de aumento en relación al año 2020.

Llevar a cabo un proceso de divorcio no resulta sumamente fácil para los cónyuges, ya que el procedimiento conlleva una serie de requisitos y protocolos para los cuales es mejor contar con un buen asesor en materia de derecho de familia. Ahora bien, cual es la diferencia entre la separación y el divorcio, a tal respecto establece el código civil:

“El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio”.

En este caso observamos que el divorcio rompe con el vínculo legalmente establecido, mientras que la separación no rompe con el contrato matrimonial, salvo en determinadas circunstancias que serán de abordaje en una próxima oportunidad.

Ante la ley cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio, a tal efecto siempre se coloca por encima el desenvolvimiento de la personalidad, por lo que ninguna persona puede permanecer unida a otra en contra de su voluntad.

“Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro”

¿Cuáles son los supuestos bajo los cuales se puede solicitar el divorcio?

Se decretará judicialmente la separación cuando existan hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:

Deben haber transcurrido como mínimo 3 meses desde la celebración del matrimonio, es un tiempo prudencial que establece el legislador, permitiéndole a los cónyuges conocerse mejor antes de tomar la decisión.

¿Cuándo comienza a surtir efectos legales el divorcio?

Los efectos de la disolución del matrimonio por divorcio se producirán desde la firmeza de la sentencia o decreto que así lo declare o desde la manifestación del consentimiento de ambos cónyuges otorgado en escritura pública, así mismo, establece la ley que la declaratoria de divorcio no perjudicará a terceros de buena fe sino a partir de su respectiva inscripción en el Registro Civil.

Cualquiera de los cónyuges podría solicitar la disolución del vínculo matrimonial o la conversión de la separación en divorcio, ahora bien, si la petición la ejecutan ambos cónyuges será entendido como un procedimiento de mutuo acuerdo o divorcio de mutuo acuerdo.

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para asegurar la mejor experiencia al usuario. Si no cambias esta configuración, entendemos que aceptas el uso de las mismas. Puedes cambiar la configuración de tu navegador u obtener más información aquí.