El despido objetivo – qué debes saber a la hora de despedir a un colaborador

Las empresas españolas cuentan con dos modalidades de despido para prescindir de los servicios de sus colaboradores: el despido disciplinario y el objetivo. En este artículo hablaremos del despido objetivo para acercarte toda la información que necesitas tomar en cuenta a la hora de implementarlo en tu empresa.

¿Qué es el despido objetivo?

El despido objetivo es la disolución de la relación laboral por causas vinculadas a la solvencia y al funcionamiento de la empresa. Es decir, el trabajador no tiene ninguna responsabilidad en la decisión de la empresa de despedirlo, lo cual quiere decir que no hay culpa alguna que se le pueda atribuir al empleado para decidir su despido.

No obstante, sí existe un supuesto en el cual el empleado tiene, de manera indirecta, cierta responsabilidad en la decisión de su empleador de despedirlo. De ella estaremos hablando en las causas del despido objetivo.

Todos los asuntos relacionados con el despido objetivo están regulados en el artículo 53.1.a del Estatuto del los Trabajadores, en el cual se establece una serie de obligaciones por parte del empleador al momento de hacer efectivo el despido.

Requisitos para hacer efectivo el despido objetivo

A los efectos de recurrir a este tipo de despido, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Especificación de la causa de despido por escrito

Un despido de esta índole puede producirse por una serie de causas. Sin embargo, el empleador tiene la obligación de especificar por escrito la causa que ha sido la causante del despido en este caso en particular. Por lo tanto, en la comunicación escrita deben figurar los hechos específicos que derivaron en la decisión de despedir al trabajador.

Contenido claro

Lo que se pretende a través de las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores, es que el empleado se encuentre en igualdad de condiciones que su ex empleador, lo cual le permitirá impugnar su despido. A tales efectos, la comunicación debe llegarle en el formato de una carta de despido, la cual debe contener una redacción clara y específica en todo lo relacionado a las causas que condujeron al despido.

Indemnización correspondiente

La empresa debe poner a disposición del trabajador que está despidiendo la indemnización correspondiente. La única excepción en este respecto es la falta de liquidez de la empresa. Si esta fuera la situación, la empresa se encuentra obligada a probarla de manera fehaciente. De lo contrario, el juez podría declarar el despido como improcedente.

Causas para un despido objetivo

Ineptitud sobrevenida

Esta causa corresponde a una falta de habilidad que presenta el trabajador para llevar adelante las tareas inherentes a su cargo. Cabe destacar que no se trata de una falta disciplinaria, ya que su actitud ha sido siempre la correcta, aunque no así los resultados que ha arrojado a la empresa a través de sus labores.

Falta de adaptación

Cuando la empresa implementa modificaciones de índole técnica y, a pesar de haber ofrecido el curso obligatorio para que sus empleados puedan continuar con sus tareas, el trabajador no puede adaptarse a dichas actualizaciones para continuar con sus labores, el empleador puede recurrir al despido objetivo.

En este caso, el requisito, además de haber implementado el curso para la capacitación de sus colaboradores, es que hayan transcurrido dos meses desde la implementación de las modificaciones o de la finalización del período de capacitación.

Causas económicas, técnicas, organizativas o productivas

Ante una caída de ingresos que se mantiene en el tiempo de forma persistente, el surgimiento de causas de naturaleza técnica que impliquen modificaciones en los instrumentos de producción, la modificación en los métodos de trabajo de la empresa o las variaciones relacionadas a la demanda del mercado de los productos o servicios que la empresa brinda, es posible recurrir al despido objetivo.

Indemnización en un despido objetivo

La indemnización que corresponde en un despido objetivo es de veinte días por año trabajado, y el máximo es de doce mensualidades. En el caso de existir un convenio colectivo o un acuerdo por parte de la empresa, es posible que la cuantía del despido sea más elevada.

Si el despido objetivo resultara declarado como improcedente por parte del juez, la indemnización corresponde a treinta y tres días por cada año trabajado, y el límite es de veinticuatro mensualidades.

Para los despidos cuyo contrato fue firmado antes del 12 de febrero del año 2012, si este resultara improcedente la empresa deberá pagar cuarenta y cinco días por cada año trabajado y el límite de de mensualidades es de cuarenta y dos.

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