En Abril de 2008 se compró a través del Banco Bankinter unos bonos por una valor de 50.000 euros. Se demandó al banco para anular la compra de los mismos basándose en que la demandante no tenía conocimientos sobre los riesgos de realizar tal operación. Ahora la sentencia de la audiencia provincial desestima la demanda porque entiende que el agente vendedor del banco demandado era la pareja legal de la persona demandante. Considerando que la persona demandante estaba suficientemente informada por ello.
La Verdad se hace eco de Sentencia favorable en materia de producto de inversión en un proceso defendido por Juan Ramón Calero García , Abogado del Despacho Calero.