La Audiencia Provincial de Cádiz ha declarado nula las cláusulas de gastos y la cláusula de comisión de apertura firmadas por un cliente en su contrato de préstamo hipotecario.
La sentencia obliga al Santander a reintegrar el 50% de los gastos de Notaría, Gestoría y Tasación, y el 100% de los gastos de Registro de la Propiedad, todo ello con intereses.
La sentencia ha declarado que la cláusula del objeto del pleito ha de considerarse nula, debido a que la demandada no ha aportado ninguna prueba que verifique el control de transparencia y todavía menos aún que la comisión responda a la prestación de un servicio concreto al cliente.
Otra sentencia que abre las puertas a once millones de titulares de hipotecas para que soliciten la reclamación de la devolución de la comisión de apertura que en su día pagaron. ¡Y con intereses!
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