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Procedimientos concursales de segunda oportunidad de empresarios y autónomos

Existe un principio jurídico (ultra vires) que considera nulos los actos de las entidades públicas o privadas que rebasan el límite de la ley, y cuyo objetivo es prevenir que una autoridad administrativa o entidad de derecho privado o público actúe más allá de su competencia o autoridad. 

Invocando este principio jurídico y mediante auto de 25 de noviembre de 2020, del juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Huesca, un autónomo ha logrado el perdón de su deuda con la Agencia Tributaria por un total de 4.000 euros. Así, establece (la Magistrada, en el Auto citado) que la previsión normativa introducida en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) que exime de perdón a todo el crédito público, excede de los parámetros de la delegación normativa, con un decreto ultra vires que los juzgados están llamados a revisar, «ya que los preceptos que hayan incurrido en tal exceso no tienen naturaleza de ley».

Se trata de una buena noticia para todos los autónomos, y una muy mala noticia para la AEAT y para la S.S.

Imaginamos que ni Hacienda ni Seguridad Social se replegarán sin presentar una muy dura batalla judicial, con la ventaja de contar con unos Servicios Jurídicos exclusivos y de potencia prácticamente ilimitada. ¿Qué ocurrirá? Os lo contaremos en cuanto volvamos a tener noticias de ello.

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