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La Audiencia Provincial de Tarragona anula por abusivo el IRPH en un contrato hipotecario

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Tarragona en Sentencia de 11 de marzo de 2020, siguiendo la línea de lo establecido por la sentencia del TSJUE de 3 de marzo en relación con el carácter abusivo de la existencia del índice IRPH en Préstamos Hipotecarios,  ha dado la razón a dos consumidores, que contrataron una Hipoteca en el año 2004, referenciada al índice IRPH, los contratantes además del citado índice de referencia, contaban con otros dos índices que lo sustituían, que finalmente han sido también declarados abusivos por el Tribunal, en base a que también alteraban notablemente las condiciones del Contrato de Préstamo Hipotecario, de tal forma que sustituye el IRPH por otro más favorable a los consumidores

Como hemos visto en anteriores casos relacionados con el citado índice de referencia el Tribunal en esta ocasión ha anulado la condición relativa a la aplicación del interés IRPH, y ha condenado a su vez a la entidad bancaria a reintegrar la devolución de todo lo cobrado de más por la aplicación de este índice durante toda la vida del Contrato.

Puedes conocer la sentencia completa haciendo click aquí: Sentencia de fecha 11 de marzo de 2020.

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