fbpx

El Supremo amplía la Ley de “Segunda Oportunidad” rescatando a miles de arruinados.

La Ley de Segunda Oportunidad que fue publicada en el BOE en julio de 2015, se presentó en su día como un instrumento inspirado en las sociedades anglosajonas, ofreciendo la posibilidad de empezar de cero a las personas físicas incapaces de afrontar sus deudas siempre que cumplieran una serie de requisitos.

Pero la realidad es que la legislación española dejaba fuera de posible exoneración  aquellas deudas contraídas con la administración.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 2 de Julio, ha constituido un hito realmente importante para esos miles de Autónomos ahogados por deudas con Hacienda y La Seguridad Social.

Según la opinión de algunos expertos, ”el Supremo ha ido más allá del tenor de literalidad de la ley en la defensa de los deudores», resume Alfredo Muñoz García, profesor de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid.

El Fallo del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que a los deudores se les condone más de la mitad de la deuda contraída con las administraciones públicas. En concreto el crédito ordinario y subordinado (intereses, recargos, sanciones y un 50% de la cuota). Mientras que el resto el denominado crédito privilegiado) puedan abonarlo en un plan de pagos fraccionados, de hasta cinco años teniendo en cuenta siempre su capacidad económica real.

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para asegurar la mejor experiencia al usuario. Si no cambias esta configuración, entendemos que aceptas el uso de las mismas. Puedes cambiar la configuración de tu navegador u obtener más información aquí.